Participación de Utilidades (PTU): Lo que toda empresa y trabajador debe saber en 2025
¿Por qué a algunos les pagan PTU y a otros no? Descubre tus derechos y obligaciones antes de que se venza el plazo.
🗓️ Por Redacción Barrera & Asociados | 28 de marzo de 2025.
Breve historia
El derecho a participar en las utilidades fue establecido en el artículo 123 de la Constitución de 1917. Fue impulsado por Venustiano Carranza, presidente de México durante el Congreso Constituyente.
Su implementación real se dio hasta 1962, bajo el mandato de Adolfo López Mateos, con la creación de la Comisión Nacional para la Participación de Utilidades. En ese momento, se fijó que el 10% de la utilidad fiscal neta debería distribuirse entre los trabajadores.
Desde entonces, ha habido reformas que mejoran la transparencia, los topes, los plazos y los procedimientos para trabajadores y empleadores. En 2021, se reformó el tope de PTU por trabajador para evitar abusos y promover la equidad.
Para los trabajadores: derechos, fechas y acciones
¿Cuándo deben pagarme la PTU?
Si trabajas en una empresa, deben pagarte la PTU a más tardar el 30 de mayo de 2025.
Si trabajas para una persona física con actividad empresarial, la fecha límite es 30 de junio de 2025.
Si trabajas en una empresa, deben pagarte la PTU a más tardar el 30 de mayo de 2025.
Si trabajas para una persona física con actividad empresarial, la fecha límite es 30 de junio de 2025.
¿Cómo saber si tengo derecho a PTU?
Debes haber trabajado al menos 60 días durante el año 2024.
No importa si eras eventual o permanente.
Están excluidos: directores, socios, accionistas y trabajadores eventuales con menos de 60 días.
Debes haber trabajado al menos 60 días durante el año 2024.
No importa si eras eventual o permanente.
Están excluidos: directores, socios, accionistas y trabajadores eventuales con menos de 60 días.
¿Cómo saber si mi empresa tuvo utilidades?
Puedes solicitar a tu patrón la copia de la declaración anual del ISR.
El sindicato, si lo hay, también puede pedir esta información.
Tienes derecho a consultar las cifras ante la PROFEDET o el SAT si tienes dudas.
Puedes solicitar a tu patrón la copia de la declaración anual del ISR.
El sindicato, si lo hay, también puede pedir esta información.
Tienes derecho a consultar las cifras ante la PROFEDET o el SAT si tienes dudas.
¿Y si no me pagan?
Acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
Si tienes sindicato, pide apoyo directo.
Nosotros en Barrera & Asociados también podemos orientarte.
Acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
Si tienes sindicato, pide apoyo directo.
Nosotros en Barrera & Asociados también podemos orientarte.
Para los empresarios: obligaciones, cómo calcularla y consecuencias legales
Estás obligado si:
Tu empresa tuvo utilidades fiscales durante el ejercicio anterior (2024).
Tienes empleados dados de alta ante el IMSS.
Tu empresa tuvo utilidades fiscales durante el ejercicio anterior (2024).
Tienes empleados dados de alta ante el IMSS.
¿Cómo se calcula?
Se toma el 10% de la utilidad fiscal neta.
Se divide en dos partes:
50% proporcional al número de días trabajados.
50% proporcional al salario devengado.
Desde 2021, el pago se limita a:
Tres meses del salario ordinario del trabajador, o
El promedio de la PTU recibida en los últimos tres años, lo que sea más favorable.
Se toma el 10% de la utilidad fiscal neta.
Se divide en dos partes:
50% proporcional al número de días trabajados.
50% proporcional al salario devengado.
Desde 2021, el pago se limita a:
Tres meses del salario ordinario del trabajador, o
El promedio de la PTU recibida en los últimos tres años, lo que sea más favorable.
Plazos para el pago
Empresas: 30 de mayo 2025
Personas físicas con actividad empresarial: 30 de junio 2025
Empresas: 30 de mayo 2025
Personas físicas con actividad empresarial: 30 de junio 2025
Consecuencias por no cumplir
Multas de $24,000 a $481,000 MXN por omisión del reparto (Art. 994, LFT).
Reclamaciones individuales y colectivas ante la Junta de Conciliación.
Daño a la reputación empresarial.
Multas de $24,000 a $481,000 MXN por omisión del reparto (Art. 994, LFT).
Reclamaciones individuales y colectivas ante la Junta de Conciliación.
Daño a la reputación empresarial.
Dónde recibir asesoría y apoyo
✉️ PROFEDET: gratuita y especializada en conflictos laborales.
🏛️ SAT: puedes revisar la declaración anual presentada por tu empresa.
📈 Sindicatos: si tu empresa tiene representación sindical, pueden gestionar el reparto o denunciar el incumplimiento.
📗 Despacho Barrera & Asociados: orientación personalizada, tanto a trabajadores como a patrones.
Reflexión final: PTU es justicia distributiva
La PTU no es un regalo. Es el reflejo de que el trabajo genera riqueza, y esa riqueza debe compartirse.
Ya sea que seas trabajador o empresario, cumplir con la PTU fortalece la confianza, el compromiso y la legalidad dentro de la organización.
🌐 Contáctanos para asesorarte en el cálculo, reparto o reclamación de PTU
Barrera & Asociados - Contadores y Asesores Fiscales
📧 barrerasociety@hotmail.com
📞 WhatsApp: +52 999 202 4681
Tu tranquilidad fiscal, laboral y legal es nuestra prioridad.
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